Las funciones asignadas a las OFICINAS REGIONALES, son sin perjuicio del ejercicio de las mismas por las Divisiones, Unidades y Fiscalía y, por tanto, de ninguna manera implican actividades exclusivas y excluyentes de estas oficinas.
En el desempeño de sus labores, el Jefe Regional deberá sujetarse a las órdenes e instrucciones que le sean impartidas por el Jefe de la División de Fiscalización, del cual dependerá funcional y administrativamente.
Las tareas que corresponden al delegado ambiental en la región, dependiente de la Unidad Ambiental, deberán ejecutarse con conocimiento y coordinación del Jefe Regional, a quien reportará, sin perjuicio de informar además, al Jefe de la Unidad Ambiental.
En el ejercicio de sus funciones la Oficina Regional deberá asimismo mantener la adecuada coordinación, a través del Jefe de la División de Fiscalización, con las demás Divisiones y Unidades de la SISS.
Sus datos y los correspondientes a su consulta o reclamo quedarán registrados en un formulario foliado. En el caso que los antecedentes aportados permitan dar una respuesta inmediata, ello se indicará en el formulario, que será firmado por el solicitante.
En el caso que se requiera de una investigación mayor, se hará entrega de una copia del formulario, firmada por el solicitante y el analista que le atendió, identificándose su nombre y el número telefónico (800 381 800) al cual el recurrente puede consultar respecto de su reclamo si en el caso de un mes, contado desde la fecha en que se realizó la presentación, no ha recibido respuesta de esta Superintendencia.
Con todo, concluido el análisis respectivo se proporcionará respuesta en la modalidad que el recurrente haya elegido al momento de efectuar la solicitud (de forma telefónica, fax, e-mail o carta), cuyo plazo puede ser entre 10 y 30 días hábiles, dependiendo de la complejidad del tema, del análisis de la información que sea necesario requerir a la empresa o de la eventual fiscalización que se determine.