De acuerdo a dicha instrucción las resoluciones deberán incorporarse una vez que se encuentren firmes, es decir, cuando:
a) Habiendo transcurrido el plazo para presentar la reclamación a que se refiere el artículo 24 de la Ley, esta no se hubiere presentado;
b) Habiéndose presentado la reclamación anterior, el Consejo hubiere denegado el acceso a la información sin que se interpusiere el reclamo de ilegalidad en el plazo contemplado en el artículo 28 de la Ley, o
c) Habiéndose presentado el reclamo de ilegalidad, la Corte de Apelaciones confirmare la resolución denegatoria del órgano o servicio de la Administración del Estado.
A continuación se presenta el índice de actos y documentos calificados como secretos o reservados realizadas por la Superintendencia de Servicios.
| Nombre/título del acto, documento o información secreto o reservado | Nombre/título del acto o resolución en que consta tal calificación | Identificación de la parte del acto, documento o información secreto o reservado, en caso de ser parcial | Fundamento legal y causal de secreto o reserva | Fecha de notificación del acto o resolución denegatoria (dd/mm/aaaa) | Enlace al acto o resolución en que consta la calificación |
|---|---|---|---|---|---|
| - Matriz de riesgo institucional del proceso seleccionado. - Cuadro de riesgos críticos (los 20 que exige el CAIGG). - Plan de tratamiento de los riesgos del proceso seleccionado. |
Resolución N° 2071 de 07-jun-2011 | - | Artículo 21, N°1, letra b) de la Ley N° 20.285 |
07 de junio de 2011 | |
| La información relativa a los derechos de agua superficiales y subterráneos de la Región de Antofagasta, donde la empresa Aguas de Antofagasta S.A. posee sus puntos de captación. | Resolución N° 4030 de 11-oct-2011 | - | Artículo 21 N° 4 de la Ley 20.285 | 10 de noviembre de 2011 |