Cumplimiento de planes de desarrollo
A la SISS le corresponde pronunciarse respecto de los planes de desarrollo que le son presentados cada cinco años por las empresas sanitarias, y, posteriormente debe fiscalizar anualmente el cumplimiento de los respectivos cronogramas de inversión, instrumento a través del cual las empresas programan y comprometen la ejecución de las obras necesarias a través del tiempo. En casos de incumplimiento la Superintendencia tiene la facultad de sancionar a las empresas sanitarias con multas que van de las 51 a las 10.000 U.T.A.
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