Subsidios al consumo de agua potable y alcantarillado

Existe un subsidio al pago de las cuentas de agua potable y de alcantarillado que beneficia a clientes de bajos consumos e ingresos.

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¿Qué es el subsidio al consumo de agua potable y alcantarillado?

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Es el aporte que efectúa el Estado, a través de las Municipalidades, para ayudar al pago de los servicios de agua potable y alcantarillado, para familias de escasos recursos, cubriendo los primeros m3 consumidos en porcentajes variables, dependiendo de las tarifas y de los niveles socioeconómicos.

Este beneficio es descontado mensualmente y aparece indicado, en el documento de cobro (boleta), por lo tanto el beneficiario sólo paga la diferencia que no es subsidiada.

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¿Cómo opera?

A través del Municipio correspondiente, que es el órgano encargado de asignar y administrar los subsidios, que se aplicará a los conceptos de cargo fijo, cargo variable de agua potable y cargo variable de alcantarillado, de modo tal que el beneficiario deberá pagar la diferencia.

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¿Quiénes pueden postular y cómo?

Pueden postular aquellas personas o grupos familiares que se encuentren en la imposibilidad de pagar el monto total de sus prestaciones, atendidas sus condiciones socioeconómicas. Para acceder al beneficio deben:

  • Acercarse al Municipio o a la empresa sanitaria que corresponda a su domicilio y completar todos los datos del formulario especial que existe al efecto.
  • Estar encuestado en el Sistema, con ficha vigente.
  • Encontrarse al día en el pago de los servicios de agua potable y alcantarillado.
  • Acreditar su condición socioeconómica. La ocultación de datos o falsedad de éstos que permitieran obtener el subsidio, está penado por la ley.
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Duración del subsidio

Comenzará a operar para aquellos solicitantes que hayan cumplido los requisitos, un mes después de aquel en que se haya dictado la resolución que lo otorga. Puede durar hasta 3 años, pero si las condiciones que justificaron su otorgamiento se mantienen, una vez terminado el subsidio, podrá volver a postular.

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¿Puede terminar por otras causales?

Mediante decreto alcaldicio se podrá poner término al subsidio, por las siguientes causales:

  • Cuando dejen de concurrir los requisitos que justificaron su otorgamiento.
  • Por cambio de domicilio fuera de la comuna.
  • Por no informar a la Municipalidad el cambio de domicilio con a lo menos 30 días de anticipación.
  • Por renuncia voluntaria del beneficiario.
  • Por no pago de la parte no subsidiada, acumulándose 3 cuentas sucesivas insolutas.
  • Cambio de situación socioeconómica.
  • Cumplimiento del plazo legal (3 años).
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