Aportes de Financiamiento Reembolsables - AFR

Los AFR son cantidades determinadas de dinero u obras que los prestadores de servicios públicos sanitarios pueden exigir a quienes soliciten ser incorporados como clientes, o bien, soliciten una ampliación del servicio, y que tienen por objeto solventar infraestructura que legalmente es cargo del prestador. Desde un punto de vista financiero, estos aportes constituyen una alternativa distinta a las tradicionales de financiamiento que tiene la empresa sanitaria para la construcción de las obras que, dentro del área de concesión, requiere para el adecuado y obligatorio mandato de prestar los servicios públicos de agua potable y de alcantarillado en forma eficiente, garantizando la continuidad y calidad de los mismos. El prestador está obligado a devolverlos en la forma y plazos acordados con los aportantes. Este mecanismo se encuentra establecido en los artículos 14° y siguientes del DFL MOP Nº 70/88, cuerpo jurídico de orden público, respecto del cual a la Superintendencia de Servicios Sanitarios le corresponde velar por su cumplimiento por parte de los concesionarios, como así también le compete su interpretación.

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